LO QUE PUBLICO EL COMERCIO Y LUEGO NUESTROS COMENTARIOS
DIARIO EL COMERCIO DEL JUEVES 24 DE ABRIL DEL 2014 | 16:42
¿Qué cambió en el
reglamento de tránsito tras decreto del MTC?
El documento de hoy establece una gran lista de variaciones y
las más importantes endurecen la fiscalización de papeletas.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicó hoy el Decreto Supremo
003-2014-MTC, el cual incorpora varias modificaciones en
el Reglamento Nacional de Tránsito del 2009. Se trata de una larga lista
de modificaciones, pero son las más resaltantes las que tendrían un impacto
efectivo en el número de accidentes de tránsito en el país.
Lo que más resalta es el nuevo valor que adquieren las municipalidades provinciales. Ellas
deberán ser las encargadas de establecer
sanciones o de absolver a los choferes en un plazo no mayor de 30 días útiles.
RETENCIÓN
DE LICENCIA
La
modificación plantea una nueva medida preventiva: la retención de la licencia
de conducir de toda persona que haya acumulado 100 o más puntos por
infracciones de tránsito, sean estas multas impugnadas o no.
El MTC
dispuso que también se le quite el documento al conductor que cometa
dos o más infracciones muy graves, cinco o más infracciones graves o una
infracción muy grave y tres o más infracciones graves.
En
estos dos casos, el documento será retenido durante 24 horas por el
policía que
intervino al conductor. En ese plazo, los agentes enviarán la licencia a la
Municipalidad Provincial correspondiente para que siga adelante el proceso
sancionador. El decomiso estará vigente hasta que se pague la multa o se
absuelva a la persona involucrada en la falta.
DAÑOS
PERSONALES
En el
tercer caso se detalla que se le quitará la licencia a los conductores que
participen en un accidente de tránsito con daños personales a terceras
personas. En estas circunstancias, la policía
tendrá un plazo de 72 horas para verificar la multa.
INTERNAMIENTO
DEL VEHÍCULO
El
vehículo será llevado a un depósito vehicular cuando la infracción lo amerite o cuando se le quite la
licencia de conducir por
cualquiera de los motivos que el reglamento considera en el punto anterior.
La
medida seguirá vigente hasta que se subsane la causa de la infracción, hasta
que el conductor pague su multa y recupere su licencia, o hasta que se
determine la absolución de las causales del internamiento.
PAGO DE
MULTA
El
proceso sancionador tendrá una vigencia de cuatro años, en lugar de uno solo
como señalaba el Reglamento Nacional de Tránsito. También se
ha suprimido el beneficio por pago anticipado de las multas para todo conductor
de transporte público.
Antes,
el descuento de 17% y de 33% se aplicaba para todos, y ahora solo el transporte
privado podrá acceder a estos beneficios.
EMPRESAS
RESPONSABLES
Al
internarse los vehículos apenas se le quite la licencia de conducir a un chofer
de transporte público, la empresas de transporte se
verán obligadas a verificar la conducta de sus trabajadores.
Asimismo,
la empresa tendrá la obligación de verificar que ninguno de sus choferes tenga
100 puntos o más acumulados por sanciones. Si permite que uno de ellos circule
por las calles, recibirá una sanción de60
días de suspensión de servicio de circulación en la ruta involucrada. La
reincidencia será castigada con 90 días y la tercera vez se cancelará el
permiso de manera definitiva.
ALCOHOL
Un
cambio que podría pasar desapercibido pero es igual de importante es la sanción
que se impone a los conductores que ocasionen un accidente de tránsito bajo
efectos del alcohol o algún otro estupefaciente. Antes
se le quitaba el derecho a tramitar una nueva licencia de conducir por tres
años, pero ahora la sanción será de por vida.
NUESTROS
COMENTARIOS
Realmente un manotazo de ahogado que trata de controlar la
informalidad en lugar de eliminarla por que sabido es que la mayoría de las
infracciones, accidentes vehiculares y personas muertas por atropello o choque
provienen del transporte público desreglamentado que ya tiene 23 años de
informalidad.
Reestructurando al TP desreglamentado se podría reducir
rápidamente la cantidad de infracciones y muertes de forma significativa pero
nos preguntamos si acaso hay por ahí corruptos responsables de esta situación que
no quieren ni que disminuyan las ventas de buses, ni el consumo de combustible
ni la cantidad de choferes que en forma exagerada trabajan en este servicio.
¿Cómo no pueden pensar los del MTC que con la cantidad abismal
de autos y buses que cuenta Lima actualmente no se puede centralizar los
servicios a nivel provincial? No se trata pues de ser abusivo y aumentar multas,
que a la larga no se pagan o se las hacen pagar a gente inocente y ser más
malos que antes. Se trata de resolver el problema. Por más que el SAT trate de
descentralizar sus oficinas, nunca van a poder lograr una atención como Dios
manda. Y hay que aclarar que ellos son ahora simples cobradores de multas y el
proceso completo de las infracciones y multas está totalmente desconectado
entre sí.
No hablaremos nada sobre el criminal sistema desreglamentado
impuesto por el gobierno de ese entonces en Julio de 1991 por que es harina de
otro costal y nos saldríamos del tema.
Al igual como se hizo en Santiago de Chile hace más de 30 años,
la solución está en descentralizar este control y castigo. Hay que quitarle esa
responsabilidad al monstruo ambicioso que es el MML y que ha logrado tener el
nivel de presidencia regional.
El control del tránsito debe ser a nivel distrital. Tanto la PNP como el Poder Judicial deben destacar al
personal adecuado para conformar en cada municipio distrital un juzgado de
tránsito donde llega el personal que está involucrado por una falta y/o
accidente de tránsito. Es el policía no solamente la persona que emite la
papeleta, al infractor (no al
vehículo) sino también la persona que establece la cita ante el juzgado
distrital de tránsito, especificando fecha y hora. Si no saben hacerlo entonces
consulten con los chilenos. El policía debe retener la tarjeta de propiedad y
la licencia de conducir y dar a cambio un permiso escrito de conducción por el
término de 30 días y que una vez resueltas las faltas, los afectados reclamarán
sus documentos ante el Juzgado Distrital.
Así, todo aquel que es multado por un policía, tiene derecho a
ir a juicio, si así lo desea, o reconocer la falta y pagar la multa. Perder el
juicio podría significar el pago de un valor superior al de la multa.
En Chile el infractor que tiene que pagar el valor impuesto como
compensación de los daños ocasionados, firma tantas letras de cambio como
fuesen necesarias y las rescata al final de cada mes. El afectado va a
comienzos de mes a recabar el monto de la letra.
Tan pronto el infractor rescate una letra, eso le da derecho a
canjear su documento provisional de propiedad vehicular y autorización para
conducir por treinta días más y así sucesivamente hasta cancelar el total de la
obligación monetaria, fecha en que se le devolverán los documentos retenidos.
No pagar una letra significa captura del sujeto y prisión
inmediata. El afectado una vez concluido el fallo, nunca más verá al infractor
por que no ya no es necesario.
Ojalá pues que en un futuro cercano tanto el MTC como los municipios
distritales y en especial los asesores del señor presidente de la república se
pongan las pilas y procedan a efectuar los cambios necesarios, a nivel distrital, para controlar y
juzgar con más eficiencia las multas de tránsito.
Se sobre entiende que ningún policía debe ser beneficiado por
las multas que impone por que eso es un acto de corrupción. El monto de las
multas tampoco pertenece a la PNP sino a la administración del Estado.
Los transportistas estan afiliados a sociedades anonimas. Segun Ley de Sociedades los Directores son responsables solidarios de deudas de la empresa. Las deudas de transito impagas deben ser judicializadas en 30 dias y con ello se procede al embargo de cuentas, bienes o marcas de la empresa.
ResponderEliminarSi se hace esto es seguro las empresas se preocuparan de pagar las deudas y cobrara a sus socios, nominales, porque les vende derecho de uso de ruta
El problema está justamente en esa responsabilidad solidaria puesto que el infractor se ríe de las papeletas por que nunca las va a pagar ya que la multa se aplica al vehículo y este ni siquiera pertenece a la empresa de transporte, ya que no es dueña de nada. Los dueños de los vehículos parece que no conforman empresas (solamente algunos) pero son personas naturales con influencias o poder político y nunca pagan las multas sino esperan que estas prescriban.
ResponderEliminarNo se olvide que la empresa contrata a un chofer con su vehículo.
Las papeletas solidarias deberían desaparecer, la infracción debe ser al conductor del vehículo y si no paga tendrá que ir a prisión y pagar con su trabajo en ella.